programa atencion psicosocial
Ley 1448 de 2011 o Ley de Víctimas y Restitución de Tierra establece las medidas de Asistencia y Rehabilitación a las víctimas del conflicto armado donde se estipula la atención integral con enfoque psicosocial, la cual tiene por objetivos mitigar el impacto y daño a la integridad psicológica y moral, al proyecto de vida y a la vida en relación que los hechos de violencia generaron en las víctimas; garantizar a las víctimas la asistencia integral en salud con enfoque psicosocial en el marco del SGSSS y contribuir al restablecimiento de las condiciones físicas y mentales del las víctimas.
La atención integral en salud a las víctimas del conflicto armado comprende la atención y la rehabilitación en salud física y mental, con enfoque psicosocial y diferencial y está conformada por un conjunto de actividades y procedimientos en salud en el marco del Sistema General de Seguridad en Salud – SGSSS, que contribuyen a la satisfacción de sus necesidades en salud y a recuperar o mejorar su estado de salud a nivel físico, emocional y psicológico, teniendo en cuenta en su abordaje, los posibles efectos causados por los hechos Victimizantes y de manera preferente y diferencial, atender estas particularidades de las personas víctimas, haciendo énfasis en el enfoque reparador que deben tener todas las atenciones en salud a las víctimas del conflicto.
El SGSSS incluye igualmente en los planes de beneficios de todos los regímenes, la cobertura de la salud mental en forma integral incluyendo actividades, procedimientos, intervenciones, insumos, dispositivos médicos, medicamentos y tecnologías en salud, que se requieran para la atención integral e integrada en salud mental de conformidad con lo preceptuado en las Leyes 1438 de 2011 y 1616 de 2013 y demás servicios que las complementen para la atención de los eventos en salud La rehabilitación en salud mental como parte de la rehabilitación integral, y en el marco de la atención psicosocial a las personas víctimas del conflicto, complementará el tratamiento psicológico, psiquiátrico y farmacológico de la persona afectada, para alcanzar el máximo nivel de funcionamiento a nivel personal y social, brindado a través de instituciones. Estas intervenciones buscan a la vez la mejoría de la competencia individual y la introducción de cambios en el entorno de la persona que ha experimentado un trastorno psíquico, o que padece un deterioro de su capacidad mental que le produce cierto nivel de discapacidad, a fin de lograr la mejor calidad de vida posible.
Las entidades administradoras de planes de beneficios – EAPB, deberán garantizar y ofrecer los servicios de salud requeridos para la atención integral En salud física y mental a las personas víctimas del conflicto armado (Decreto 1018 de 2007 Art. 4.), de manera integral, continua, coordinada y eficiente, con portabilidad, calidad y oportunidad a través de las Redes de prestación de servicios de salud correspondientes, en el marco del SGSSS, para cuyo abordaje y manejo contemplarán los enfoques psicosocial y diferencial (por ciclo de vida, género, orientación sexual, grupo étnico, y discapacidad).
Las EAPB deberán garantizar el cumplimiento y seguimiento a los “planes de atención en salud física y mental, con enfoque psicosocial”, para las personas víctimas del conflicto armado, elaborados por las IPS, incluyendo servicios de mayor complejidad en los casos en que se requiera, para lo cual deberán consolidar las atenciones brindadas en su red de prestadores de servicios de salud, a través de los RIPS, para su reporte en forma bimestral, a los Entes Territoriales (según su competencia) y al Ministerio de Salud y Protección Social, de acuerdo con la reglamentación que se expida para tal fin.
De acuerdo a lo anterior, LA FUNDACION PARA EL DESARROLLO HUMANO INTEGRAL ofrece sus servicios a la población víctima y reconoce que la atención en salud no es la acción individual de un profesional de la salud, sino la acción sistémica en el cual interactúan equipos de salud multidisciplinarios que coordinan su trabajo
diario en acciones comunicativas que permitan la identificación de las necesidades y expectativas de las partes interesadas, apoyados en una gestión clínica pertinente, un ambiente físico adecuado y procesos administrativos oportunos, que orienten el desarrollo de acciones para minimizar el riego presente en la atención y garanticen en todo momento la seguridad del paciente, así mismo es el conjunto de estrategias e intervenciones establecidas y relacionadas orientadas a la atención de los Usuarios que Consultan a nuestra Fundación por segmentos de acuerdo al riesgo clasificado (sano, bajo, intermedio, alto).
Se compone de pautas, procedimientos, programas, técnicas, materiales, manuales, protocolos, guías, rutas y disposiciones que dan líneas de acción para su implementación, como Un proceso continuo, con momentos interrelacionados de promoción y protección de su salud, recuperación y rehabilitación. Todo ello con un enfoque preventivo amplio y con acciones dirigidas a la persona y la familia, basándose en la estrategia de gestión del riesgo y de atención de calidad centrada en los diferentes niveles de atención, puesta al alcance de todos los individuos, promoviendo la participación de cada uno de estos a un precio que la sociedad y el país puedan soportar en todas las etapas de su desarrollo, con espíritu de auto responsabilidad y autodeterminación.
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